Viernes 4 de junio de 2010
+ Ley de seguridad mina soberanía
+ Guerrilla y machetes, de fiesta
El dictamen
final de la ley de seguridad nacional que aprobó el Senado podría causar todo
una reestructuración negativa del poder del Estado. La intención fue
subordinar a las fuerzas armadas a mandos políticos intermedios que debilitarían
su función primordial: la salvaguarda de la soberanía ante el avance del crimen
organizado y la protesta insurreccional.
Más que una intención
de afinar el marco jurídico para la intervención de las fuerzas armadas
en asuntos internos, el dictamen del Senado parece ignorar el hecho de
que la soberanía no tiene que ver nada más con situaciones de invasiones
extranjeras sino que ahora enfrenta la pérdida de espacios de dominio
del Estado en zonas francas estatales en poder del crimen organizado con
grave corresponsabilidad de instancias políticas internas.
El Senado confundió
las prioridades. El tema central no radica en la protección de los derechos
humanos sino en la necesidad urgente de que las fuerzas armadas --la última
línea de defensa de la soberanía y la estabilidad interior-- cuenten con certidumbre
jurídica a la hora de actuar. La violación de los derechos humanos ha sido ya
asumida como una tarea esencial en la actuación del poder político, pero las
fuerzas armadas no pueden convertirse en una ONG a la hora de combatir a
las fuerzas paramilitares perfectamente armadas de la delincuencia y su
exhibición de violencia.
Por tanto, la
discusión de la ley de seguridad nacional perdió de foco el punto
fundamental del debate: el monopolio de la fuerza la debe tener el
Estado y el mando único se acredita al presidente de la república como el comandante
en jefe de las fuerzas armadas. Pero en el dictamen final del senado, del
pasado 27 de abril, se establece en el artículo 72 que “las fuerzas federales
(el ejército, entre ellas) se coordinarán con las autoridades civiles
locales”. Más grave: el segundo párrafo de este artículo le confiere el
ejército “tareas de auxilio” a oficinas locales de seguridad y subordina
a los militares a fueros civiles, con lo que debilita su tarea ante una
delincuencia criminal.
Sin embargo, los
datos que se publican todos los días revelan que muchas autoridades civiles
locales --en sus niveles estatal y municipal-- están involucradas con el
crimen organizado o ha pecado de negligencia al negarse a combatir y
compartir responsabilidades con las autoridades federales. La carga central del
asentamiento creciente de la delincuencia en plazas locales ha sido de las
autoridades locales. Peor aún, esas autoridades locales le trasladan ahora
la obligación al gobierno federal.
Para enredar más las
cosas, el artículo 73 del dictamen final --que se envió a la Cámara de
Diputados y que no pasó la aduana por errores de diseño político,
parlamentario, legal y de seguridad nacional-- establece la subordinación
de las fuerzas armadas a “agentes de las instituciones de seguridad pública”
pero sin acreditar si federales, estatales o municipales, para reportar
a la autoridad competente de los hechos. Así, los militares, cuya logística,
capacidad de inteligencia y organización es la única que ha minado el
poder del crimen, son vistos sólo como simples soldados de combate. La
iniciativa presidencial propuso que los agentes de seguridad pública informaran
de las operaciones, pero el Senado metió a las fuerzas armadas
debajo de las oficinas de seguridad pública.
Más que reforzar
el escudo de seguridad ante las amenazas internas contra la soberanía nacional
y territorial por el crimen organizado, el dictamen del Senado le entrega
a las autoridades estatales --gobernadores o legislaturas-- la solicitud
de existencia de una “afectación de la seguridad interior”. Con ello crea una aduana
de doble filo: las autoridades locales nada han hecho para combatir y
sus decisiones --incluyendo la de solicitar la fuerza federal-- tendrán la
justificación de culpar a la federación del fracaso y de eludir su
propia responsabilidad en la creación del problema local.
Asimismo, la nueva
ley involucra al poder legislativo para “ejercer sus funciones de
control político” de operaciones de seguridad nacional. Es decir, la
intervención de las fuerzas armadas ante una ruptura de la seguridad interior
tendrá el “control político” del Senado o la Permanente para revisar la legalidad
de los operativos y para controlar su evolución. Mientras se aclaran estos
puntos, la delincuencia tendrá un vacío operativo a su favor.
Además, el Senado
creó un espacio de impunidad que de suyo representa pérdida de la soberanía:
no se considerará afectación a la seguridad interior en asuntos de
protestas administrativas, laborales, movimientos o conflictos
políticos, electorales o sociales. Sin embargo, ante la incapacidad de las
instituciones para atender las exigencias de modernización, las protestas
sociales representan una crisis de gobernabilidad y una amenaza a la
seguridad interior cuando rompen la estabilidad de la seguridad y
quiebran el orden constitucional. Con esta ley, por ejemplo, las fuerzas
armadas no podrán combatir a la guerrilla armada ni a las protestas con
machetes.
El trasfondo de la
ley de seguridad nacional modificada y aprobada por el Senado parece tener menos
que ver con redefiniciones doctrinales y de operación de los organismos
federales encargados de la conservación de la soberanía nacional y más
con una redistribución del poder del Estado.
El monopolio
de la fuerza le corresponde al Estado y la jefatura máxima de las fuerzas
armadas la tiene el presidente de la república. Al acotar el
funcionamiento de las fuerzas armadas en defensa de la soberanía del Estado en
entidades de la república dominadas por el crimen organizado, el Senado
no hizo sino debilitar al Estado.
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